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30 de agosto Número 130
Nueva Época |
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¿Abogada y penalista? Reflexiones en torno al ejercicio profesional de las mujeres en MéxicoDra. Celia Blanco Escandón* |
Yo soy abogada y penalista, así pues, partiré de mi experiencia y de la recopilación de testimonios de mis colegas y amigas, quienes hablaron elocuentemente sobre el significado que el derecho tiene para ellas, de las razones que determinaron su campo de ejercicio profesional y de sus vivencias (aciertos y tropiezos) como abogadas, para analizar la situación de las jóvenes mexicanas que aspiran a incorporarse a un gremio -tradicionalmente machis ta- y a desenvolverse exitosamente en el mismo. Estas reflexiones las escribo en respuesta a la inquietud de muchas de mis estudiantes de derecho que se cuestionan constantemente sobre las posibilidades reales que tendrán de desempeñarse en el campo de la abogacía, y más concretamente, como abogadas penalistas en México. En nuestro país nos encontramos en la urgente necesidad de aumentar los aportes de las mujeres en los sectores profesionales y en las posiciones de liderazgo. La contribución de las mujeres mexicanas a la fuerza laboral está determinada por diversas variables económicas, sociales y culturales, así como por factores políticos. En este sentido, la distribución actual del trabajo femenino en el sector productivo nacional refleja, lamentablemente, las expectativas de la sociedad en cuanto a lo que debe ser el papel de la mujer. Esto significa que las mujeres aún tenemos un largo camino por delante para lograr una presencia significativa en todo el espectro laboral. En relación al sector legal, la situación es alarmante, ya que a pesar del gran interés que muestran las mujeres en cursar la licenciatura en derecho (el número de mujeres estudiantes sobrepasa en algunas instituciones el cincuenta por ciento del total de alumnos) sólo unas pocas llegarán a practicar activamente la profesión. Este cuadro se vuelve todavía más dramático si lo restringimos a un campo tan importante y sensible como el del derecho penal. No es raro que la simple mención de que una mujer se desempeña como abogada penalista produzca reacciones y comentarios de incredulidad, sarcasmo y burla entre algunos sectores del gremio. Ante una contribución tan desequilibrada de las abogadas a la práctica de nuestra profesión, y en especial al ejercicio de las ciencias penales, sentimos la necesidad de analizar las razones que perpetúan tal situación. Un gran porcentaje de las estudiantes de derecho, sobre todo en los primeros semestres de la carrera, tienen grandes esperanzas de practicarlo. Resulta digno de mencionar, el excelente papel que muchas de ellas realizan combinando los estudios con el desempeño laboral -en calidad de asistentes jurídicos o de pasantes de derecho- durante la duración de su programa académico; desafortunadamente estas expectativas entre las jóvenes juristas no se refleja tan positivamente en nuestra sociedad cuando hablamos de las abogadas activas en su profesi ón. La realidad es que existen presiones y prejuicios que resultan eficaces para mantener a las mujeres alejadas de la práctica del derecho. Esas presiones están directamente relacionadas con los roles tradicionales y con las cargas adicionales que implica el cumplir simultáneamente con las responsabilidades de sus carreras y las de sus familias, bajo el entendido de que en caso de conflicto o disyuntiva, la familia tiene prioridad sobre su profesi ón.
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